miércoles, 9 de octubre de 2024
El Ministerio de Salud y Protección Social ha emitido un proyecto de resolución que establecería las condiciones sanitarias para el uso del Cannabidiol -CBD- en alimentos destinados al consumo humano en Colombia. Esta normativa busca garantizar la seguridad alimentaria, la trazabilidad de los productos y regular su comercialización en el país.
De acuerdo con la iniciativa, la regulación se aplicaría a todas las personas y empresas involucradas en la producción, procesamiento, distribución, comercialización, importación y exportación de alimentos que contengan CBD. Sin embargo, la iniciativa prohibiría su uso en alimentos con fines médicos especiales, bebidas energéticas, productos con cafeína, así como en productos atractivos para menores de edad, embarazadas o lactantes.
Una de las principales disposiciones establece que la concentración máxima de CBD en alimentos no debe superar los 1 mg por cada 100 gramos de alimento o 100 ml de bebida. Además, todos los productos deben seguir estrictas buenas prácticas de manufactura -BPM-, garantizando la inocuidad y el control de los niveles de THC, que no pueden exceder el 0,2%.
Los envases de estos productos deberán cumplir con medidas estrictas de etiquetado, incluyendo advertencias obligatorias como “No consumir con bebidas alcohólicas” y la prohibición de venta a menores de edad. Asimismo, toda publicidad relacionada con estos alimentos sería vigilada, prohibiendo declaraciones engañosas o alusiones a beneficios medicinales o nutritivos.
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