miércoles, 12 de junio de 2024
A través de un proyecto de decreto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo prohibiría las exportaciones de Hullas y Briquetas (Carbón) clasificadas bajo la subpartida arancelaria 2701.12.00.10 al Estado de Israel. Esta medida, responde a las disposiciones de la Corte Internacional de Justicia en el contexto de la aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza.
La restricción, sin embargo, presenta ciertas excepciones, según lo dispuesto en el artículo 2 de la iniciativa. No se aplicaría a:
- Mercancías con una Solicitud de Autorización de Embarque aceptada por la DIAN o con un Formulario de Movimiento de Mercancías autorizado antes de la entrada en vigencia del decreto.
- Sociedades de Comercialización Internacional que, antes de la entrada en vigencia del decreto, hayan expedido el Certificado al Proveedor.
- Negocios jurídicos perfeccionados hasta el 30 de abril de 2024, generando una expectativa legítima o una situación jurídica consolidada para el exportador.
- Mecanismo para Acreditar Expectativas Legítimas
El proyecto de decreto también detalla el proceso para que los exportadores puedan acreditar su expectativa legítima o situación jurídica consolidada.
De ser aprobada la iniciativa, entraría en vigor cinco días calendario después de su publicación en el Diario Oficial y permanecerá vigente hasta que se cumplan las órdenes provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia en el proceso relacionado con la Franja de Gaza.
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